Condiciones a MIPYMES la compra de camiones y remolques (acoplados y semiacoplados) en el marco del Programa de Financiamiento para la Ampliación de Renovación de Flota.
Decreto 494/2012.
MODALIDAD
En pesos
USUARIOS
Micro, pequeñas y medianas empresas – MiPyMEs - (bajo cualquier forma societaria o unipersonal) de todos los sectores económicos (agropecuarios, industriales, comercio, turismo, transporte, minería, pesca, de servicios, salud, etc.).
DESTINOS
1. Adquisición de unidades de transporte automotor de carga, nuevas, 0 km, incluyendo chasis de camiones y remolques (acoplados y semiacoplados), todos de producción nacional, a saber:.
- Camión Liviano AGRALE 8500 (8000 kg. PBT)
- Vehículos IVECO (en todas sus versiones)
- EUROCARGO
- EUROCARGO ATTACK
- NEW TECTOR
- TECTOR
- CAVALLINO
- CAVALLINO ATTACK
- CURSOR
- STRALIS NR
- TRAKKER
- Vehículos MERCEDES BENZ
- Vehículos de producción Nacional Categoría N2:
- SPRINTER 415 CDI (furgón)
- SPRINTER 415 CDI (chasis con cabina)
- SPRINTER 515 CDI (furgón)
- SPRINTER 515 CDI (chasis con cabina)
- Vehículos de producción Nacional Categoría N3:
- Camión ATRON 1720/36
- Camión ATRON 1720/48
Dado que alguno de estos vehículos pueden fabricarse, simultáneamente, en la República Argentina y en otros países, el Banco deberá constatar su origen nacional observando el código de identificación vehicular (VIN) que se aplica a los vehículos registrables y consta en la documentación de los mismos como número de identificación del chasis, y cuyos dos primeros dígitos deberán ser: 8A, 8B, 8C, 8D ú 8E.
En resumen los dos primeros dígitos del número de identificación del chasis debe ser 8A, 8B, 8C, 8D ú 8E. No serán financiables, por no corresponder a origen nacional, vehículos con dígitos distintos a los consignados.
2. Adquisición de unidades de transporte automotor de carga, usadas, de cualquier origen, incluyendo solamente camiones de entre 3 años y hasta 10 años calendarios de antigüedad (contándose a partir del año calendario en curso). No se financiarán remolques (acoplados o semiacoplados) usados.
MONTO MÁXIMO
Sin límite reglamentario, surgirá de la evaluación individual de cada caso.
PROPORCIÓN DEL APOYO
1. Adquisición de unidades nuevas: hasta el 70% (setenta por ciento) del valor de compra, incluido el IVA.
2. Adquisición de unidades usadas: hasta el 70% (setenta por ciento) del valor de compra o tasación, de ambos el menor (determinado por el Banco), incluido el IVA de corresponder.
INTERES
1.
- Empresas que registren su domicilio legal y desarrollen su actividad a financiar en las Provincias de: Jujuy, Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero, Misiones, Chaco, Formosa, Corrientes y en los departamentos General Obligado, 9 de Julio, Vera, San Javier, San Justo y San Cristóbal, del norte de la Provincia de Santa Fe: se aplicará una tasa fija del 15% (quince por ciento) TNA, con una bonificación adicional de 2 (dos) p.p.a. a cargo del Banco. Aquellos clientes que cancelen sus cuotas en término, y se encuentren en situación 1 (uno) en este Banco, según normas clasificación de deudores del B.C.R.A., tendrán una bonificación del cincuenta centésimos de puntos porcentuales anuales (0,5 p.p.a.) de la tasa de interés del período.
- Empresas que registren su domicilio legal y desarrollen su actividad a financiar en el resto del país (cumplan con cualquiera de estas condiciones ó ambas): se aplicará una tasa fija del 15% (quince por ciento) TNA. Aquellos clientes que cancelen sus cuotas en término, y se encuentren en situación 1 (uno) en este Banco, según normas clasificación de deudores del B.C.R.A., tendrán una bonificación de un punto porcentual anual (1 p.p.a.) de la tasa de interés del período.
2. Bonificación a cargo de la SECRETARIA DE TRANSPORTE: tomará a su cargo una bonificación de 7,5 p.p.a. (siete con cincuenta centésimos) puntos porcentuales anuales en la tasa de interés de la línea.
Se producirá el cese inmediato de la bonificación de la tasa de interés de cada préstamo cuando de produzca cancelación anticipada del préstamo.
3. La bonificación de la tasa de interés que se determina en esta operatoria solo tendrá efectos si la Secretaría afronta los pagos correspondientes. En caso contrario los clientes deberán soportar la tasa de interés sin bonificación.
4. En caso que el cliente no cancele en su totalidad al vencimiento los servicios de capital e interés, a partir de esa fecha y sobre la cuota impaga (capital e intereses), se aplicará tasa activa de cartera general para operaciones en pesos más los punitorios correspondientes sin ninguna bonificación.
5. No habrá período de gracia para el pago de intereses.
PLAZOS
1. Para unidades nuevas: hasta 60 meses.
2. Para unidades usadas: hasta 36 meses.
REGIMEN DE AMORTIZACIÓN
En todos los casos se liquidará mediante el sistema alemán. La periodicidad del pago de las amortizaciones de capital será mensual, sin período de gracia.
GARANTIAS
En todos los casos prenda en primer grado constituida sobre la unidad que se financia.
El Banco podrá requerir garantías adicionales, a su satisfacción.
Se verificará, en la documentación del vehículo, que los dos primeros dígitos del número de identificación del chasis sea 8A, 8B, 8C, 8D ú 8E.
DESEMBOLSOS
Podrá realizarse un único desembolso, o en caso de financiarse la adquisición de varias unidades, y de ser necesario, la aprobación del préstamo podrá ser materializada con un acuerdo general de financiación, al cual se irán imputando los distintos desembolsos que se materialicen.
El máximo podrá ser tres desembolsos en un plazo de hasta 6 meses.
ENDEUDAMIENTO DE LOS USUARIOS
Rigen las normas de ”Administración del Crédito”.
OBSERVACIONES
Las cuotas de los préstamos vencerán el día 20 (veinte ) de cada mes calendario, o hábil bancario siguiente.
El vencimiento de la primera cuota ocurrirá el día 20 del mes calendario siguiente al de la contabilización del crédito, sin importar el día del mes en que se haya efectivizado el mismo.
LIMITES DE CARTERA
Serán solicitados en la forma de práctica.
NOTA: Se mantienen los restantes parámetros de la línea no adecuados por las presentes condiciones especiales.