Programa de Financiamineto para renovacion y ampliacionde flota, Decreto 494/2012, para Fabricantes
¿Cómo adherirse al Plan en calidad de Fabricante?:
Aquellos Fabricantes interesados en comercializar sus unidades a través del PLAN AMPLIACION Y RENOVACION DE FLOTA deberán cumplir con el procedimiento establecido en el punto 5° Y 6° del REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO.
¿Cómo incluir las unidades fabricadas dentro de los modelos autorizados para acceder a las líneas de crédito del Plan?:
Las personas físicas o jurídicas interesadas en incluir sus unidades producidas en el marco del Programa de Ampliación y Renovación de Flota, deberán realizar una presentación ante la Secretaría de Planeamiento Estratégico Industrial que contenga la siguiente información:
- Nombre de la Empresa.
- Marca de las unidades.
- Denominación comercial y modelo de las unidades.
- Número de licencia de configuración de modelo de las unidades (L.C.M).
Las presentaciones deberán realizarse haciendo referencia a la Secretaría de Planeamiento Estratégico Industrial, ante el Departamento de Mesa de Entradas y Notificaciones en el área de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, ubicada en Julio A. Roca N° 651 (C.A.B.A), planta baja, sector 12, de 9:30 a 17:00 hs (www.industria.gob.ar/planeamientoestrategico/).
Para obtener el certificado de elegibilidad, ¿dónde presentar el trámite?
En la Subsecretaría de Transporte Automotor (Hipólito Yrigoyen 250, piso 12, Capital Federal – 011/43497199).
Reglamento para el funcionamiento del consejo de elegibilidad y seguimiento
PROCEDIMIENTO PARA LA ADHESION DE LOS FABRICANTES:
- A los fines de su adhesión al “PROGRAMA”, los “FABRICANTES” deberán presentar una nota de solicitud, acompañando:
- Dos ejemplares firmados del Modelo de Adhesión;
- Copia certificada de la documentación que acredite la personería del firmante;
- Copia certificada del estatuto vigente
- Inscripción en AFIP.
- Presentada la solicitud de adhesión, aquella será tratada por el “CONSEJO”, previo los informes que éste considere pertinentes.
PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE ELEGIBILIDAD:
- A fin de que el “CONSEJO” proceda a evaluar si corresponde o no la emisión del CERTIFICADO de ELEGIBILIDAD, previsto en el artículo 7º del Anexo II del Decreto Nº 494/2012, los “FABRICANTES” deberán presentar una nota de solicitud, acompañando:
- Balances completos de los últimos TRES (3) ejercicios;
- Certificado Fiscal para contratar vigente;
- Monto del crédito que desea solicitar ante el BANCO DE LA NACION ARGENTINA a los fines de financiar sus operaciones dentro del programa;
- Listado de productos ofrecidos y comprometidos, comprendidos en el marco del Decreto Nº 494/2012;
- Garantías que ofrece a favor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA;
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Cantidad de empleados exteriorizada en las declaraciones juradas presentadas en AFIP, correspondientes a los últimos doce meses;
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Detalle de Accionistas/Propietarios del “FABRICANTE”
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Ubicación de la/s Planta/s Productiva/s del “FABRICANTE”
- Presentada la nota de solicitud de elegibilidad, juntamente con la documentación detallada precedentemente, aquella será tratada por el “CONSEJO”, previo los informes que éste considere pertinentes.
- De considerarlo pertinente, el “CONSEJO” emitirá el Certificado correspondiente.