Programa de Financiamineto para renovacion y ampliacionde flota, Decreto 494/2012, para Fabricantes

¿Cómo adherirse al Plan en calidad de Fabricante?:
Aquellos Fabricantes interesados en comercializar sus unidades a través del PLAN AMPLIACION Y RENOVACION DE FLOTA deberán cumplir con el procedimiento establecido en el punto 5° Y 6° del REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO.

¿Cómo incluir las unidades fabricadas dentro de los modelos autorizados para acceder a las líneas de crédito del Plan?:
Las personas físicas o jurídicas interesadas en incluir sus unidades producidas en el marco del Programa de Ampliación y Renovación de Flota, deberán realizar una presentación ante la Secretaría de Planeamiento Estratégico Industrial que contenga la siguiente información:

  • Nombre de la Empresa.
  • Marca de las unidades.
  • Denominación comercial y modelo de las unidades.
  • Número de licencia de configuración de modelo de las unidades (L.C.M).
Las presentaciones deberán realizarse haciendo referencia a la Secretaría de Planeamiento Estratégico Industrial, ante el Departamento de Mesa de Entradas y Notificaciones en el área de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, ubicada en Julio A. Roca N° 651 (C.A.B.A), planta baja, sector 12, de 9:30 a 17:00 hs (www.industria.gob.ar/planeamientoestrategico/).

Para obtener el certificado de elegibilidad, ¿dónde presentar el trámite?
En la Subsecretaría de Transporte Automotor (Hipólito Yrigoyen 250, piso 12, Capital Federal – 011/43497199).

Reglamento para el funcionamiento del consejo de elegibilidad y seguimiento

PROCEDIMIENTO PARA LA ADHESION DE LOS FABRICANTES:

  • A los fines de su adhesión al “PROGRAMA”, los “FABRICANTES” deberán presentar una nota de solicitud, acompañando:
    • Dos ejemplares firmados del Modelo de Adhesión;
    • Copia certificada de la documentación que acredite la personería del firmante;
    • Copia certificada del estatuto vigente
    • Inscripción en AFIP.
  • Presentada la solicitud de adhesión, aquella será tratada por el “CONSEJO”, previo los informes que éste considere pertinentes.

PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE ELEGIBILIDAD:
  • A fin de que el “CONSEJO” proceda a evaluar si corresponde o no la emisión del CERTIFICADO de ELEGIBILIDAD, previsto en el artículo 7º del Anexo II del Decreto Nº 494/2012, los “FABRICANTES” deberán presentar una nota de solicitud, acompañando:
    • Balances completos de los últimos TRES (3) ejercicios;
    • Certificado Fiscal para contratar vigente;
    • Monto del crédito que desea solicitar ante el BANCO DE LA NACION ARGENTINA  a los fines de financiar sus operaciones dentro del programa;
    • Listado de productos ofrecidos y comprometidos, comprendidos en el marco del Decreto Nº 494/2012;
    • Garantías que ofrece a favor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA;
    • Cantidad de empleados exteriorizada en las declaraciones juradas presentadas en AFIP, correspondientes a los últimos doce meses;
    • Detalle de Accionistas/Propietarios del “FABRICANTE”
    • Ubicación de la/s Planta/s Productiva/s del “FABRICANTE”
  • Presentada la nota de solicitud de elegibilidad, juntamente con la documentación detallada precedentemente, aquella será tratada por el “CONSEJO”, previo los informes que éste considere pertinentes.
  • De considerarlo pertinente, el “CONSEJO” emitirá el Certificado correspondiente.